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Concordia

El Superior Tribunal de Justicia falló a favor de la Municipalidad de Concordia en una causa que establecía la reincorporación de un contratado

Concordia 24
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El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, luego de hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad de Concordia, rechazó el fallo establecido en los Tribunales de nuestra ciudad que establecía la restitución de un contratado.

En la sentencia se remarcó, entre otros argumentos, que “el único modo de ingreso al empleo que otorga la garantía de estabilidad propia es el que establece la Constitución Provincial, o sea, por concurso. A su vez, la Ley 10027 establece que el ingreso al empleo debe ser previo concurso que asegure igualdad de oportunidades y sin discriminación”.

En ese marco “constitucional y legal, resulta indudable que el actor, al no ser empleado público, carece de derecho a la reincorporación que pretende” dejándose establecido que “el amparo mediante el cual el actor ha pedido la reincorporación al municipio, no puede prosperar”.

La sentencia fue dictada este jueves 26 de febrero, sin dejar precedentes para posibles acciones similares que se quieran establecer en contra de la Municipalidad de Concordia.

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