El Juzgado de Garantías N.º 3 de Concordia hizo lugar a una acción de amparo por el Doctor Emmanuel Almirón y ordenó a la Provincia de Entre Ríos, al Ministerio de Salud y al Hospital Felipe Heras brindar de manera inmediata la cobertura integral de un concentrador de oxígeno estacionario a un paciente de 65 años que padece Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC) severa.
Administrativamente se presentó toda la documentación en el Hospital Felipe Heras en abril de este año para obtener el equipo prescripto por su médico tratante. Según surge de la sentencia, pese a los reiterados reclamos, la prestación permanecía demorada por observaciones administrativas relacionadas con la modalidad de adquisición del equipo.
Según el abogado Emmanuel Almirón en comunicación con Concordia24 durante el proceso, la Fiscalía de Estado sostuvo que el trámite administrativo seguía en curso y que no existía una negativa a brindar la prestación. Sin embargo, el magistrado entendió que la prolongada demora terminó vulnerando el derecho a la salud del paciente, especialmente al tratarse de un adulto mayor sin cobertura médica y con una patología respiratoria crónica.
El informe del médico forense confirmó el diagnóstico de EPOC severo y respaldó la indicación del concentrador de oxígeno, señalando que, si bien la situación no implicaba un riesgo vital inmediato, el equipo debía ser provisto a la mayor brevedad para evitar un deterioro en la calidad de vida del paciente.
En su resolución, el juez Francisco R. Ledesma destacó que las demoras burocráticas y los requisitos meramente formales no pueden convertirse en un obstáculo para el acceso oportuno a prestaciones esenciales de salud. Asimismo, remarcó que el derecho a la salud comprende no solo la preservación de la vida, sino también el acceso efectivo y en tiempo razonable a los tratamientos necesarios para evitar el agravamiento de una enfermedad.
Finalmente, la sentencia ordenó a la Provincia de Entre Ríos, al Ministerio de Salud y al Hospital Felipe Heras otorgar de forma inmediata la cobertura integral, continua e ininterrumpida del concentrador de oxígeno estacionario indicado por el médico tratante, imponiendo además las costas del proceso a los organismos demandados.
