La Justicia Federal de Concordia hizo lugar a una acción de amparo presentada por un jubilado de 77 años y ordenó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) brindar de manera urgente, gratuita e integral una prótesis vascular y la medicación indicada para el tratamiento de su diabetes.
La causa fue iniciada por el afiliafo junto a la Doctora Agustina F Passarello, quien recurrió a la Justicia luego de que PAMI no diera una respuesta efectiva a sus pedidos de cobertura médica. El hombre necesitaba una prótesis denominada “ATP C/Stent Graft Balón Expandible Periférico 10.0×38”, indicada por su médico cardiólogo debido a una lesión crítica del 95% en el tercio proximal y medio de la arteria ilíaca primitiva.
Además, los profesionales médicos le habían indicado insulina Lantus y otros medicamentos para el tratamiento de su diabetes tipo II. El afiliado manifestó que no contaba con los recursos económicos para afrontar los costos y que la demora en la cobertura implicaba un riesgo para su salud.
Según surge de la sentencia, el paciente había realizado un reclamo administrativo previo ante PAMI, pero no había recibido respuesta al momento de iniciar el amparo.
La Justicia cuestionó la demora de PAMI
Durante el proceso, PAMI sostuvo que la prótesis se encontraba autorizada y que se encontraba en marcha un procedimiento administrativo para obtenerla. Respecto de las insulinas, señaló que había realizado observaciones a las solicitudes.
Sin embargo, la jueza federal Ramponi consideró que esas explicaciones no fueron acreditadas de manera suficiente y cuestionó que la obra social hubiera guardado silencio frente a las intimaciones realizadas por el afiliado.
La magistrada sostuvo que PAMI, teniendo conocimiento de las necesidades médicas de su afiliado, debía adoptar una postura activa para garantizar que las prestaciones indicadas por sus médicos se concretaran sin poner en riesgo su salud.
La sentencia también destacó la situación de vulnerabilidad del paciente por su edad y su condición de salud, y recordó que el derecho a la salud constituye un derecho fundamental protegido.
En el caso de la medicación para la diabetes, el fallo recordó las disposiciones de la Ley 23.753, modificada por la Ley 26.914, que establece la cobertura del 100% de los medicamentos y reactivos necesarios para el autocontrol de los pacientes diabéticos, en las cantidades determinadas por prescripción médica.
La jueza concluyó que la conducta de PAMI fue “arbitraria e ilegal” y que la vulneración del derecho a la salud del afiliado continuaba porque, al momento de la sentencia, las prestaciones reclamadas no habían sido efectivamente autorizadas y provistas.
Finalmente, el Juzgado Federal de Concordia resolvió hacer lugar al amparo y condenó a PAMI a entregar de manera urgente, gratuita e integral tanto la prótesis vascular como las insulinas y medicamentos prescriptos para el tratamiento del afiliado
El fallo vuelve a poner en el centro el derecho de los adultos mayores a acceder de manera efectiva y oportuna a las prestaciones de salud indicadas por sus profesionales médicos, frente a demoras administrativas que puedan poner en riesgo su integridad física.
No dudes en consultar a la Dra Agustina Passarello si estás pasando una situación similar.
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