El Juzgado Federal de Concordia hizo lugar a una acción de amparo y ordenó a la obra social garantizar de manera integral y sin límite temporal la medicación indicada para una paciente con diabetes tipo II. Además, dispuso comunicar el fallo a la Superintendencia de Servicios de Salud.
El Juzgado Federal de Concordia, a cargo de la jueza Analía G. Ramponi, hizo lugar a una acción de amparo promovida por una afiliada contra la Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación y ordenó garantizar la cobertura del 100% de la insulina prescripta para el tratamiento de su diabetes mellitus tipo II insulinorrequiriente.
La mujer, afiliada a Unión Personal–Accord Salud, había recurrido a la Justicia para obtener la provisión de Insulina Insulatard FlexPen, luego de realizar gestiones a través de la plataforma de autogestión de la entidad y posteriormente intimarla mediante un telegrama, sin obtener —según planteó— una solución oportuna.
La afiliada es además una persona adulta mayor y posee Certificado Único de Discapacidad vigente por “anormalidades de la marcha y de la movilidad” y “artritis reumatoide seropositiva”, circunstancias que fueron consideradas por el tribunal al analizar su situación de especial vulnerabilidad.
Uno de los puntos centrales del fallo fue que no quedó debidamente acreditado cuál habría sido la documentación que la afiliada omitió presentar ni que la obra social le hubiera comunicado oportunamente esa situación para permitirle subsanarla.
La sentencia sostuvo que los procedimientos administrativos pueden utilizarse para ordenar y controlar las prestaciones, pero no convertirse en obstáculos que demoren injustificadamente el acceso a medicamentos necesarios para tratar enfermedades crónicas.
En ese sentido, el tribunal concluyó que la respuesta de la obra social no fue oportuna ni suficiente y que la paciente debió recurrir a la Justicia para acceder a la prestación requerida.
Finalmente, la Justicia condenó a Unión Personal a otorgar gratuitamente y con cobertura integral del 100% la Insulina Insulatard FlexPen, en la cantidad y periodicidad establecidas por la médica tratante.
La cobertura deberá mantenerse mientras dure el tratamiento y sin límite temporal, siempre que la medicación continúe debidamente prescripta y relacionada con la patología de la paciente.
No dudes en consultar a la Dra Agustina Passarello si estás pasando una situación similar.
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