Reuniones sociales en domicilios y espacios públicos al aire libre: hasta cuantas personas se permiten

Se permiten reuniones sociales en domicilios particulares, hasta un máximo de diez (10) personas, como así también en espacios públicos al aire libre, hasta un máximo de cincuenta (50) personas.

La actividad gastronómica (restaurantes, bares, etc.) podrá funcionar entre las seis (6) horas y las veinticuatro (24) horas de cada día, incluidas las modalidades de reparto a domicilio y de retiro en comercio. El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de los locales gastronómicos se reduce a un máximo del 50 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.

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