C.G.T Concordia: 4° Encuentro de capacitación «Negociación Colectiva»

Con el cuarto encuentro llevado a cabo por la Secretaría de la Mujer de C.G.T. Concordia vía telemática, finalizó el pasado lunes 25 del mes en curso, el Ciclo de Capacitación dictado por la Doctora María Valeria Sierro abogada laboralista de la ciudad de Concepción del Uruguay.-

Este evento formativo abierto a todos los trabajadores pero con especial participación de la mujer sindical, ha sido declarado de interés Municipal por el Concejo Deliberante de la ciudad de Concordia y de interés provincial por la Cámara de Senadores de Entre Ríos.-

En el cierre del ciclo se trató un tema de gran importancia y trascendencia como lo es “La negociación Colectiva con perspectiva de género y el rol de la mujer en este nuevo paradigma”.

La definición de Convención Colectiva de Trabajo CCT nos indica que, es un contrato entre las organizaciones sindicales de un determinado sector y los empleadores, que regula las condiciones de trabajo (Salarios, jornada, descanso, vacaciones, licencias, capacitación profesional etc.) y establece reglas sobre la relación entre las partes. Los artículos pertinentes del desarrollo de la actividad contenidos en el CCT son de aplicación obligatoria para todos los trabajadores del sector, estén o no afiliados a los gremios respectivos, tienen un impacto significativo en la organización del trabajo y en la calidad del empleo. Constituye una de las fuentes normativas que establecen los Derechos y Deberes entre el empleador y el trabajador.-

Es un estatuto jurídico y una fuente del Derecho Laboral.

Se torna de vital importancia el tratamiento de los Derechos de la mujer trabajadora para el logro de equidad de las condiciones laborales .Se deben incluir cláusulas de prevención ante situaciones discriminatorias y condiciones que permitan acceder a los puestos de trabajo en paridad de oportunidades para todos los componentes que abarca la convención respectiva.-

Ya está probado el talento de la mujer en todos los campos del mundo del trabajo, así como, su dedicación, intelectualidad y responsabilidad.-

Se advierte actualmente que la mujer tiene acceso a las categorías profesionales bajas y las tareas menos remuneradas, generando así una desigual retribución.

Es imperante la activa participación de la mujer en las Convenciones Colectivas para la inserción de mejoras en las condiciones de trabajo como la creación de nuevas categorías laborales, la extensión de la licencia por maternidad y paternidad etc. que resulte en una real y concreta inclusión en la negociación de un sistema más igualitario.-

La mujeres organizadas están preparadas para todos los desafíos del porvenir en el escenario pos-pandémico con iniciativas y proyectos para proponer soluciones prácticas y factibles que se enmarquen en las normativas vigentes. Hay que revisar los actuales convenios que presentan notorias desactualizaciones y quedaron en el tiempo. Estudiar otros modelos mejores y más avanzados. Plantear sin temor la actual problemática convencional.-

Está facultada por ley la participación de la mujer en la negociación colectiva, por ello es vital la capacitación específica, técnica y humanista.-

Las mujeres sindicales están convocando a sus pares para “empezar a comprometernos. A participar activamente y dejar de ser espectadoras” porque el mecanismo de resolución existe y los logros paso a paso se van tornando en una realidad tangible. La representación de la mujer está garantizada y el reconocimiento como verdadera protagonista en el escenario laboral es ya una valoración concreta.- Se verifica una evoluciónsincrónica.

Un marcado y notorio impulso que nada ni nadie podrá detener.-

SECRETARIA DE LA MUJER.-
C.G.T. CONCORDIA

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