Habilitación parcial del cementerio mediante decreto municipal

El intendente de Concordia Alfredo Francolini mediante decreto N° 658/2020 ,al igual que lo hizo con algunas disciplinas deportivas , pesca y reuniones familiares, tambien habilitó el ingreso al público  al cementerio de Concordia.

Esta es la parte del decreto donde el Presidente Municipal menciona la habilitacion y las medidas a tener en cuenta:

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA
EN USO DE SUS LEGITIMAS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°.- Disponese la habilitación en la ciudad de Concordia, del Servicio de
Cementerio, debiendo los empleadores, las empleadoras y trabajadores de los mismos,
observar que la visita del público, se realice de día Lunes a Viernes, en el horario de 09:00 a
DECRETO N° 658 /2.020
Concordia, 09 de Junio de 2.020.-
15:00 horas, y con estricto cumplimento de las recomendaciones que se detallan en el articulo
siguiente.-
ARTICULO 2°.- DETERMINASE que el desarrollo de la actividad, está supeditada al
cumplimiento de las siguientes recomendaciones, sujetas a modificación según considere
oportuno y necesario el COES:
MODELO DE PROTOCOLO SANITARIO Y DINÁMICO PARA EL CEMENTERIO MUNICIPAL.-
– Frente a la pandemia actual por COVID-19 resulta necesaria la implementación estricta
de normas de higiene y seguridad laboral, con la finalidad de proteger a las personas
involucradas. La eficacia de las medidas a cumplimentar depende de la concientización,
responsabilidad y solidaridad de todos.
– El horario de funcionamiento de los cementerios se encuentra habilitado en el marco
horario que se inicia a las 09:00 horas y finaliza a las 15:00 horas.
– El protocolo es de exhibición obligatoria en el establecimiento debiendo exponerse en un
lugar destacado que permita su visualización a todos aquellos que ingresan en el
establecimiento. Asimismo se debe verificar la conservación y reposición de la
información en caso de deterioro, perdida o actualización.

DE LOS SERVICIOS QUE SE PRESTAN EN EL CEMENTERIO.
– Tramitación del sepelio: se realiza de forma personal. Se admitirían por trámite un
máximo de dos personas.
– Funcionamiento propio: inhumaciones, reducciones, traslados internos y exhumaciones.
En los sepelios se podrán admitir hasta 8 personas de luto, respetando las medidas del
presente protocolo.
– Tareas de limpieza y mantenimiento.
– Visitas: se podrán efectuar en el horario de funcionamiento del cementerio por un
máximo de treinta minutos. En su duración estarán sujetas al control previsto por parte
del personal del establecimiento.

DECRETO N° 658 /2.020
Concordia, 09 de Junio de 2.020.-

CONTROL DE ACCESO DE LAS PERSONAS AL CEMENTERIO.
– Todo aquel que ingresa al establecimiento deberá emplear tapaboca o barbijo.
– Se deberá controlar que la temperatura corporal sea menor que 37,5º y constatar la
ausencia de otros síntomas a las personas que concurra. Otros síntomas son: tos,
problemas respiratorias, disgeusia, anosmia.
– Si alguna persona del personal presentase síntomas, deberá: abstenerse de concurrir al
trabajo, informar a la brevedad, aislarse en el domicilio durante dos semanas o hasta su
completa curación.
MEDIDAS SANITARIAS Y DE SEGURIDAD GENERALES EN EL CEMENTERIO.
– Dentro del establecimiento, se autorizara la permanencia de un número máximo de
ocupantes estipulado. Esta capacidad total habilitada será según se pueda mantener
estrictamente una distancia mínima de 1,5 m entre personas en los locales cerrados y el
control del cumplimento de dicha distancia y el cumplimento de las medidas sanitarias
en las superficies descubiertas del recinto.
– Todo local y circulaciones deberán estar especialmente despejados, con la menor
cantidad posible de obstáculos y elementos. También se recomienda orientar las
circunstancias dispuestas mediante señalización. Estas medidas resultan en un mayor
control sanitario del espacio, sirven para contener a las personas en el y disminuyen
riesgo de transmisión viral a través del contacto superficies.
– En todo el establecimiento se deberá asegurar la limpieza de todas las superficies de
manera constante. Se evitara, en lo posible, la presencia de superficies tapizadas y
alfombras.
– Se dispondrá alcohol en gel en los espacios y se garantizara la provisión de agua, jabón
y toallas descartables en sanitarios.
– Se deberá ventilar adecuadamente y de forma natural, sobre todo en periodo invernal o
de bajas temperaturas, debe hacerse con regularidad.
– No se podrán encender aires acondicionados si están centralizados y conectan zonas
comunes.
– No se podrán compartir comidas o bebidas. De haber dispenser de agua, se deberán
facilitar vasos de un solo uso y, además, se los deberá tener en cuenta al efectuar la
DECRETO N° 658 /2.020
Concordia, 09 de Junio de 2.020.-
limpieza. Se recomienda que le personal disponga de botellitas con agua para uso
personal.
– Se deberá evitar compartir los elementos de papelería que eventualmente se empleen
los que se higienizaran frecuentemente.
– Se deberá suprimir o reducir al máximo la circulación del personal en los locales
administrativos.
MEDIDAS DE PREVENCION DE LAS PERSONAS.
. Mantener una actitud alerta sobre la distancia mínima de 1,5 metros y emplear tapabocas
obligatorio siempre. Es importante tomar conciencia de las superficies con las que se entra
en contacto. La cantidad de ingresantes por familia, a sepultura, nicho o panteón será de 2
(dos) personas.
– No tocar: los ojos, la nariz o la boca.
– Estar informado y cumplimentar con las medidas de adecuada higiene de manos e higiene
respiratoria.
– al toser o estornudar, cubrirse la nariz y la boca con el codo flexionado o con un pañuelo.
MEDIDAS DE PREVENCIÓN DEL PERSONAL-
– Cumplir estrictamente con las tareas mencionadas para la higiene y asegurar la buena
ventilación
– La concurrencia del personal a las zonas de aseos o baños será siempre individual y se
higienizara tras cada uso. No usar toallas textiles.
– Recordar traer las propias viandas y bebidas. No se podrán compartir vasos, platos o
cubiertos. Si se puede utilizar vasos descartables al ingerir agua o infusiones.
– Lavarse las manos con frecuencia y usar agua y jabón o un desinfectan de manos a
base alcohol.
Se recomienda reducir el uso del celular en el área de trabajo.
ARTÍCULO 3°.- La Municipalidad de Concordia, junto a las autoridades nacionales y
provinciales competentes, se reservan el derecho de revocar la presente medida en caso de
incumplimiento.-
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ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.-

Decreto CEMENTERIO COVID 19

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