La Justicia ordenó a OSER cubrir al 100% un suplemento nutricional para una paciente oncológica

 

El Juzgado de Primera Instancia del Trabajo Nº 4 de Concordia hizo lugar a una acción de amparo y ordenó a la Obra Social de Entre Ríos (OSER) brindar la cobertura urgente, gratuita e integral (100%) de un suplemento nutricional a una paciente que padece cáncer de cuello de útero.

La sentencia fue dictada el 22 de diciembre de 2025 por el juez Roberto Elvio Masara, en el marco de la causa iniciada por María Laura Garcier, en representación de su hermana María José Garcier, afiliada a la obra social provincial.

Según consta en el fallo, la mujer de 53 años se encuentra en tratamiento oncológico —quimioterapia, radioterapia y braquiterapia— y presenta un marcado descenso de peso debido a la enfermedad. Su médico tratante había prescripto el suplemento Fortisip Max, pero OSER solo otorgaba una cobertura parcial, lo que motivó la presentación judicial.

Durante el proceso, la obra social sostuvo haber autorizado el producto al 100% por seis meses; sin embargo, el magistrado consideró que no se acreditó una notificación fehaciente ni el efectivo acceso al tratamiento, situación que fue calificada como una conducta omisiva y manifiestamente ilegítima.

El juez remarcó que el derecho a la salud y a la vida tiene jerarquía constitucional, citando normativa nacional, provincial y tratados internacionales, y recordó que los pacientes oncológicos están exentos del pago de coseguros según el Programa Médico Obligatorio.

En su resolución, Masara ordenó a OSER que en un plazo máximo de cinco días otorgue la cobertura total del suplemento nutricional, conforme la prescripción médica, por un período de seis meses.

El fallo vuelve a poner el foco en la obligación de las obras sociales de garantizar prestaciones oportunas y completas, especialmente cuando se trata de enfermedades graves que comprometen la calidad de vida de los pacientes.

 

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