En el marco de las medidas provinciales destinadas a morigerar los efectos de las políticas macroeconómicas, la Administradora Tributaria (ATER) pondrá en vigencia regímenes de normalización de deudas a los fines de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones.
Será a partir del mes de marzo y facilitará el acceso al cumplimiento a miles de contribuyentes particulares y empresas. Aplica el concepto de progresividad con importantes beneficios para que los contribuyentes más chicos puedan mantenerse al día. Es requisito tener cumplido los dos primeros meses del año.
Mediante los decretos 4653/19MEHF y 4649/19MEHF se disponesn una serie de regímenes de normalización de deudas que permitirá a distintos grupos de contribuyentes entrerrianos sostener el cumplimiento voluntario de sus obligaciones. En estos regímenes se destaca el concepto de progresividad, generando beneficios importantes para que los contribuyentes más pequeños puedan mantenerse cumpliendo, igual que fueron los regímenes especiales para el sector comercial y de servicios en el año 2018.
El titular de la Administradora provincial, Sergio Granetto, explicó que «se trata de dos esquemas de normalización tributaria principalmente destinados en sus beneficios al ciudadano de a pie que tiene no más de dos inmuebles y hasta dos vehículos». Según aclaró, “el régimen también permite entrar a otros contribuyentes de mayor tamaño, pero los mayores beneficios de quita de multas e intereses son para el contribuyente más chico”.
De acuerdo con las normas, los esquemas de facilidades se ofrecerán a los contribuyentes desde el 11 al 31 de marzo próximo.
A su vez, los contribuyentes serán categorizados principalmente en dos grandes grupos (Contribuyentes Urbanos y Contribuyentes Rurales) y subcategorizados respectivamente (A, B y C) en función de variables como la capacidad contributiva y los montos adeudados para el otorgamiento de cuotas, el establecimiento de anticipos o la condonación de multas e intereses.
Condiciones y requisitos para suscribir
Desde el área de Impuestos anticiparon que para suscribir a cualquiera de las opciones, los contribuyentes deberán encontrarse al día con todas las obligaciones 2019 y tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico para poder tramitar la suscripción Online.
Asimismo, señalaron que para comodidad de los contribuyentes encuadrados en los segmentos Urbano A y Rural A se habilitará el formato de tramitación presencial en todas las oficinas de ATER
En lo referido a los medios de pago, señalaron que se habilitarán todos los medios disponibles para comodidad de los diferentes grupos.
Para mayor información, los contribuyentes podrán consultar todos los detalles desde el sitio web de la ATER www.ater.gob.ar o comunicándose con el Servicio de Atención al Contribuyente 0810.888.2837 de lunes a viernes de 8 a 13.
(Prensa ATER)