El Juzgado Federal de Concordia hizo lugar a una acción de amparo presentada por una afiliada de PAMI y ordenó al organismo brindar, en un plazo de 48 horas, la cobertura integral de un tratamiento contra un cáncer de vesícula avanzado con metástasis hepáticas. Además, la magistrada advirtió sobre una problemática estructural vinculada a las demoras de obras sociales y prepagas que obligan a los pacientes a recurrir a la Justicia.
La sentencia fue dictada por la jueza federal Analía G. Ramponi en la causa avalada por la Abogada Doctora Agustina F Passarello e iniciada por una afiliada, quien reclamó la provisión de los medicamentos Cisplatino, Gemcitabina y Durvalumab, indicados por sus médicos tratantes como tratamiento de primera línea para un adenocarcinoma biliopancreático.
PAMI demoró la cobertura
Según consta en el fallo, la paciente había solicitado la autorización administrativa del tratamiento e intimó a PAMI el 2 de marzo de 2026, pero no obtuvo una respuesta efectiva, por lo que promovió la acción de amparo. Inicialmente, el Juzgado otorgó una medida cautelar que luego fue confirmada por la Cámara Federal de Paraná.
Durante el proceso, la jueza cuestionó la actuación del organismo al señalar que parte de la documentación presentada hacía referencia a un diagnóstico de fibrosis pulmonar, ajeno al cuadro clínico de la afiliada, lo que consideró una respuesta incongruente frente a una enfermedad oncológica de extrema gravedad.
«Una conducta dilatoria»
En los fundamentos, Ramponi sostuvo que la conducta de PAMI fue omisiva y dilatoria, incompatible con la urgencia que exige este tipo de patologías, donde el transcurso del tiempo puede reducir las posibilidades terapéuticas y comprometer derechos fundamentales como la vida y la salud.
Advertencia por la judicialización de la salud
Además del caso puntual, la magistrada dedicó un tramo de la sentencia a advertir sobre el crecimiento de la judicialización de las prestaciones médicas en Argentina, al señalar que numerosos pacientes deben acudir a los tribunales para obtener tratamientos que deberían resolverse en sede administrativa.
Por ese motivo, dispuso remitir la sentencia a la Superintendencia de Servicios de Salud, para que evalúe medidas de fiscalización y control frente a las deficiencias detectadas en el cumplimiento de las obligaciones de los agentes del seguro de salud y las empresas de medicina prepaga.
No dudes en consultar a la Dra Agustina Passarello si estás pasando una situación similar.
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