El Juzgado Federal de Concordia hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a la empresa de medicina prepaga brindar, dentro de las 24 horas de notificada, la cobertura integral de un medicamento prescripto a un paciente diagnosticado con Leucemia Mieloide Crónica.
La Justicia Federal de Concordia hizo lugar a una medida cautelar presentada por una persona contra Swiss Medical y ordenó a la empresa garantizar de manera urgente la cobertura integral del tratamiento farmacológico indicado para la patología que padece.
De acuerdo con la documentación incorporada al expediente, el paciente fue diagnosticado con Leucemia Mieloide Crónica y su médico hematólogo le prescribió un tratamiento con Nilotinib 150 mg, cápsulas x 120, durante el tiempo que la enfermedad lo requiera.
Ante la falta de respuesta para brindar la cobertura solicitada, el paciente promovió una acción de amparo contra Swiss Medical y pidió además el dictado de una medida cautelar que permitiera acceder al medicamento mientras se resuelve definitivamente la causa.
Al analizar la presentación, el Juzgado consideró que se encuentran comprometidos derechos fundamentales vinculados con la salud y la vida y declaró formalmente admisible la acción de amparo.
Cobertura en un plazo de 24 horas
La magistrada también consideró acreditados, de manera preliminar, los requisitos necesarios para conceder la medida cautelar, teniendo especialmente en cuenta el diagnóstico oncológico y la urgencia planteada respecto del tratamiento.
En consecuencia, ordenó a Swiss Medical que, dentro de las 24 horas de ser notificada, brinde al paciente la cobertura integral del tratamiento con Nilotinib 150 mg, en la forma y durante el tiempo que requiera su patología y conforme a las indicaciones de su médico tratante.
La obligación deberá mantenerse hasta que se dicte sentencia definitiva en el expediente.
Por otra parte, la Justicia requirió a la obra social que presente, en un plazo de cinco días desde su notificación, un informe detallando los fundamentos o antecedentes relacionados con la falta de respuesta al pedido de cobertura, además de informar las prestaciones previstas para este tipo de patología y las normas y procedimientos aplicables.
La decisión adoptada corresponde a una medida cautelar, por lo que no constituye todavía la sentencia definitiva sobre el fondo de la acción de amparo.
