La Justicia Federal de Concordia, a raíz de un amparo presentado por la Dra. Agustina Passarello, ordenó a PAMI entregar anteojos a una afiliada con discapacidad
El Juzgado Federal hizo lugar a una acción de amparo y estableció que la obra social deberá garantizar la cobertura del 100% de los lentes indicados por los médicos tratantes.
La causa se inició luego de que la afiliada no pudiera acceder efectivamente a la prestación pese a haber realizado los trámites correspondientes ante la obra social.
De acuerdo con la sentencia, se trata de una persona que padece miopía y visión subnormal en ambos ojos y cuenta con un Certificado Único de Discapacidad.
Sus médicos tratantes habían indicado lentes con una graduación específica debido a su cuadro visual.
La afiliada había solicitado formalmente la cobertura ante PAMI y, ante la falta de una respuesta efectiva, intimó a la obra social
PAMI respondió que la prestación se encontraba autorizada y le indicó concurrir a determinadas ópticas. Sin embargo, al presentarse en esos establecimientos, la mujer fue informada de que no había cobertura vigente para afiliados de PAMI, situación que le impidió obtener los anteojos.
Durante el proceso judicial, PAMI sostuvo que había dado una respuesta administrativa favorable y que la prestación había sido autorizada
Sin embargo, la jueza consideró que una autorización administrativa no equivale al cumplimiento efectivo de la prestación. Según el fallo, mientras los lentes no sean efectivamente entregados, persiste la incertidumbre de la afiliada y se mantiene afectado su derecho a la salud.
“No pueden validarse dilaciones por cuestiones administrativas”
La resolución remarca especialmente la situación de vulnerabilidad de la afiliada y la protección reforzada que corresponde a las personas con discapacidad.
La magistrada sostuvo que las demoras y dificultades administrativas no pueden trasladarse al afiliado cuando existe una prestación médica debidamente indicada. Además, destacó que los lentes resultan necesarios no solamente para mejorar la capacidad visual, sino también para que la mujer pueda desarrollar adecuadamente sus actividades cotidianas y preservar su calidad de vida.
En ese marco, la Justicia concluyó que la conducta de PAMI resultó arbitraria e ilegal, ya que la afiliada había agotado previamente las instancias administrativas disponibles y se vio obligada a recurrir a la Justicia mediante un amparo presentado por la abogada Agustina F. Passarello para obtener una respuesta efectiva.
Finalmente, el Juzgado Federal de Concordia ordenó a PAMI otorgar, en un plazo de 10 días desde la notificación de la sentencia, la cobertura del 100% y sin coseguros de los anteojos indicados por el médico tratante.
La medida contempla tanto el armazón como los cristales con la graduación específicamente prescripta para ambos ojos.
No dudes en consultar a la Dra Agustina Passarello si estás pasando una situación similar.
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