La Justicia Federal de Concordia hizo lugar a una acción de amparo y ordenó a PAMI afiliar de manera urgente a un menor con discapacidad como familiar adherente de su padre, luego de que la obra social rechazara el pedido de incorporación.
Según surge del expediente, la familia había solicitado en reiteradas oportunidades la afiliación ante las oficinas de PAMI Concordia, pero recibió una respuesta negativa. Posteriormente, el padre intimó formalmente junto a la Doctora Agustina F Passarello al organismo para que resolviera la situación, sin obtener respuesta.
Al responder ante la Justicia, PAMI sostuvo que la afiliación no correspondía debido a que el menor percibía una pensión no contributiva y, según el organismo, su cobertura médica debía encontrarse a cargo de Incluir Salud.
Sin embargo, la jueza federal Analía G. Ramponi consideró que ese argumento no podía prevalecer frente a las normas de mayor jerarquía que garantizan el derecho a la salud y la cobertura de las personas con discapacidad.
La magistrada destacó especialmente la situación de vulnerabilidad del menor y recordó la protección constitucional y legal que alcanza a los niños, niñas y adolescentes y a las personas con discapacidad.
La Justicia concluyó que la conducta de PAMI fue ilegítima y arbitraria, al impedir el acceso del menor a la cobertura solicitada.
Por ello, ordenó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) que, de manera urgente e inaplazable, proceda a afiliar al menor como familiar adherente de su padre.
El fallo vuelve a poner en el centro de la discusión el derecho constitucional a la salud, especialmente cuando se trata de personas que se encuentran en una situación de particular vulnerabilidad.
No dudes en consultar a la Dra Agustina Passarello si estás pasando una situación similar.
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